Herencias

Estamos seguros de poder ayudarte con toda la tramitación necesaria para proceder a la adjudicación de la herencia de una persona fallecida:

  • Solicitud del Certificado de Defunción.
  • Solicitud del Certificado de Últimas Voluntades.
  • Solicitud del Certificado de Seguros de Vida.
  • Solicitud de una copia del testamento ante la notaría en la que se otorgó, si hay testamento.
  • Si no hay testamento, solicitud de Declaración de Herederos legales ab intestato.
  • Inventario y valoración de los bienes del difunto.
  • Aceptación y reparto de los bienes, otorgando ante Notario la escritura correspondiente.
  • Liquidación del Impuesto de Sucesiones.

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Recuerde...

Los trámites no se pueden iniciar hasta pasados 15 días hábiles del fallecimiento, dado que el certificado de últimas voluntades no se facilita hasta pasados esos días.

¡Tome nota!

El plazo para pagar los impuestos en una herencia es de seis meses desde la fecha del fallecimiento de la persona.